Caso de éxito: victoria judicial en la defensa de un Ayuntamiento frente a una reclamación de responsabilidad patrimonial

Caso de éxito: victoria judicial en la defensa de un Ayuntamiento frente a una reclamación de responsabilidad patrimonial

El Departamento Jurídico y Técnico de Domina Legal ha logrado una victoria judicial en la defensa de un Ayuntamiento frente a una reclamación de responsabilidad patrimonial por daños causados supuestamente por una acequia municipal. La Sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Valencia, de fecha 22 de diciembre de 2025, desestimó íntegramente el recurso del demandante, con expresa imposición de costas.

Contexto del Procedimiento

El conflicto se originó cuando un particular interpuso recurso contencioso-administrativo contra la desestimación presunta por silencio administrativo de su solicitud de responsabilidad patrimonial presentada el 18 de septiembre de 2023. El demandante solicitaba:

  • Indemnización por daños en su vivienda
  • Obligación del Ayuntamiento de reparar una acequia pública
  • Intereses y costas procesales

El recurrente alegaba que en agosto de 2023 había observado filtraciones de agua en su vivienda procedentes de una acequia en mal estado que atravesaba la calle, causando humedades y daños en paramentos, mobiliario y estructura.

Estrategia de Defensa de Domina Legal

El Ayuntamiento defendido por el despacho, articuló una defensa basada en varios ejes fundamentales:

1. Falta de titularidad municipal de la acequia: Se acreditó que la acequia no era de titularidad municipal, sino de la Comunidad de Regantes. El Ayuntamiento únicamente realizaba labores puntuales de limpieza ante quejas vecinales, pero sin que ello supusiera asunción de titularidad ni responsabilidad sobre la infraestructura.

2. Inexistencia de nexo causal: Se cuestionó la relación de causalidad entre el supuesto mal estado de la acequia y los daños alegados, aportando informes técnicos que han resultado determinantes en el fallo.

3. Prueba pericial contradictoria: Se aportó un informe pericial de la arquitecta Dña. Inmaculada Sancho Rodrigo que identificó el verdadero origen de las humedades: deficiencias constructivas de la propia vivienda, concretamente la ausencia de sistemas de impermeabilización en muros enterrados.

4. Culpa exclusiva de la víctima: Se demostró que la vivienda, construida en 1970, carecía de impermeabilización vertical en paramentos en contacto con el terreno, siendo esta la causa real de las humedades observadas.

Fundamentos Jurídicos de la Victoria

La sentencia desestimó íntegramente el recurso basándose en los siguientes fundamentos:

1. Falta de acreditación de la titularidad municipal

El tribunal determinó que no quedó acreditado que el Ayuntamiento demandado fuera propietario de la acequia destinada al riego. La titularidad correspondía a la Asociación de Regantes y a sus integrantes, quienes son los verdaderos propietarios al ser los usuarios del agua para riego de sus campos. El propio recurrente era beneficiario del agua de la acequia para regar un campo adosado a su vivienda.

2. Inexistencia del nexo causal

La Magistrada concluyó que el demandante no estableció en momento alguno el nexo causal entre los daños materiales y el supuesto deficiente mantenimiento de la acequia. No se identificó el ramal causante ni se probó técnicamente que la acequia fuera fuente activa de filtraciones. 

3. Verdadera causa de los daños: deficiencia constructiva

El informe pericial aportado por la defensa acreditó que las humedades tenían origen constructivo, derivadas de la ausencia de sistemas adecuados de impermeabilización vertical en los paramentos en contacto con el terreno. La vivienda, construida en 1970 (55 años de antigüedad), no fue proyectada ni ejecutada conforme a las exigencias técnicas actuales en materia de aislamiento e impermeabilización.

4. Aplicación de la teoría de la causalidad adecuada

El tribunal aplicó la doctrina jurisprudencial de la «causalidad adecuada», determinando que no existía relación causal entre el funcionamiento del servicio público municipal y los daños alegados. La causa más probable de las humedades fue la combinación de deficiencia constructiva del muro enterrado (falta de impermeabilización) y la configuración del terreno colindante (acumulación de tierras y vegetación).

Aspectos Destacados de la Resolución Judicial

Valoración de la prueba pericial: La sentencia otorgó plena credibilidad al informe pericial aportado por la defensa municipal, señalando importantes carencias técnicas en el informe del demandante: ausencia de juicio pericial propio, falta de inspección técnica objetiva sobre el origen de las humedades, y errores en la valoración económica incluyendo duplicidades y partidas improcedentes.

Conclusión

Esta sentencia representa un caso de éxito que demuestra:

  • El valor determinante de la prueba pericial cualificada para desvirtuar las alegaciones del demandante
  • La importancia de una defensa técnica rigurosa que cuestione tanto la legitimación pasiva como el nexo causal en reclamaciones de responsabilidad patrimonial
  • La correcta aplicación de la doctrina de la causalidad adecuada en materia de responsabilidad patrimonial
  • La coordinación efectiva entre los servicios jurídicos y técnicos para aportar documentación e informes relevantes

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